Documentación oficial

Estatutos de la Asociación Empresarial de Nules

Documento que regula la constitución, organización, funcionamiento y disolución de la Asociación, de conformidad con la Ley Orgánica 1/2002 y la Ley 14/2008 de Asociaciones de la Comunitat Valenciana.

Capítulo I
Denominación, Domicilio, Ámbito, Fines y Actividades
Artículo 1º
Denominación

Se constituye la Asociación denominada ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE NULES, que se acoge a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y a la Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana, al amparo del artículo 22 de la Constitución, careciendo de ánimo de lucro.

Artículo 2º
Personalidad Jurídica

La Asociación tiene personalidad jurídica propia y capacidad plena de obrar para administrar y disponer de sus bienes y cumplir los fines que se propone.

Artículo 3º
Domicilio y ámbito de actuación

El domicilio de la Asociación se establece en calle Colón 16, Nules, código postal 12520. La Asociación realizará principalmente sus actividades en el ámbito territorial de la población de Nules, pudiendo extender su actuación a la provincia de Castellón y a la Comunidad Valenciana.

Artículo 4º
Fines

Constituyen los fines de la Asociación:

  1. Impulsar la innovación tecnológica y digitalización de las empresas asociadas para mejorar su competitividad en el mercado.
  2. Fomentar la sostenibilidad y las prácticas responsables en el tejido empresarial del municipio.
  3. Establecer acuerdos de colaboración con otras asociaciones empresariales, cámaras de comercio y entidades públicas o privadas para el desarrollo de proyectos conjuntos.
  4. Defender los intereses comunes de las empresas locales ante las administraciones públicas y otros organismos, asegurando una representación activa y unificada.
  5. Crear una bolsa de empleo local, conectando a las empresas asociadas con candidatos cualificados del municipio.
  6. Promocionar la actividad económica de Nules mediante campañas de visibilidad, publicidad y eventos que fortalezcan la identidad empresarial del municipio.
  7. Facilitar el acceso a oportunidades de innovación y digitalización, posicionando a las empresas como referentes en la implementación de tecnologías avanzadas.
  8. Establecer un espacio de diálogo estratégico entre empresas y la administración local para abordar temas clave como infraestructura, fiscalidad o políticas de desarrollo económico.
  9. Apoyar el emprendimiento local ofreciendo asesoramiento, formación y recursos a emprendedores y nuevas iniciativas empresariales.
  10. Facilitar el acceso a financiación y recursos económicos para proyectos empresariales, buscando acuerdos con entidades financieras y administraciones.
  11. Organizar programas de intercambio comercial, ferias y eventos internacionales para abrir oportunidades de negocio fuera del municipio y la región.
  12. Velar por la igualdad de oportunidades en el ámbito empresarial, promoviendo la participación activa de mujeres, jóvenes y colectivos vulnerables.
Artículo 5º
Actividades

Para el cumplimiento de los fines anteriores, se realizarán las siguientes actividades:

  1. Realización de programas formativos especializados en marketing digital, gestión empresarial, innovación tecnológica y sostenibilidad.
  2. Organización de mesas redondas, debates y conferencias con expertos para discutir temas de interés empresarial.
  3. Creación de un directorio digital de empresas locales para facilitar la conexión entre los asociados y mejorar su visibilidad.
  4. Desarrollo de campañas de concienciación ciudadana sobre la importancia de apoyar el comercio y las empresas locales.
  5. Gestión de espacios de coworking y networking donde los socios puedan compartir ideas y establecer alianzas.
  6. Diseño y promoción de un sello de calidad empresarial local para distinguir a las empresas comprometidas con la excelencia y la sostenibilidad.
  7. Fomento de la participación en ferias y eventos comerciales nacionales e internacionales.
  8. Impartición de talleres sobre transformación digital, redes sociales, e-commerce y herramientas tecnológicas.
  9. Creación de un Observatorio de Innovación Empresarial que analice tendencias tecnológicas y proponga estrategias de transformación digital.
  10. Establecimiento de mesas de trabajo permanentes entre empresas y la administración local para identificar necesidades y desarrollar planes de desarrollo económico.
  11. Diseño y ejecución de proyectos colaborativos en economía verde y sostenibilidad.
  12. Promoción de encuentros empresariales sectoriales para compartir experiencias y explorar oportunidades de colaboración.
  13. Creación de programas de mentoring empresarial en los que empresarios consolidados guíen a nuevos emprendedores.
  14. Y cualquier otra actividad que la Junta Directiva considere conveniente para el cumplimiento de los fines de la Asociación.
Capítulo II
Personas Asociadas
Artículo 6º
Capacidad

Podrán formar parte de la Asociación todas las personas físicas y jurídicas que, libre y voluntariamente, tengan interés en el desarrollo de los fines de la asociación. Deberán presentar una solicitud por escrito al órgano de representación. La condición de persona asociada es intransmisible.

Artículo 7º
Derechos de las personas asociadas
  1. A participar en las actividades de la Asociación, en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto y a asistir a la Asamblea General.
  2. A ser informadas acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación, del estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
  3. A ser oídas con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias y a ser informadas de los hechos que den lugar a tales medidas.
  4. A impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime contrarios a la Ley o a los Estatutos.
  5. A conocer los Estatutos y los reglamentos, y a que se les facilite copia de los Estatutos vigentes.
  6. A consultar los libros de la Asociación.
Artículo 8º
Deberes de las personas asociadas
  1. Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
  2. Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que correspondan.
  3. Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación.
  4. Ajustar su actuación a las disposiciones estatutarias.
Artículo 9º
Causas de baja
  1. La propia voluntad del interesado/a, comunicada por escrito a los órganos de representación.
  2. No satisfacer las cuotas fijadas.
Artículo 10º
Régimen Sancionador

La separación por sanción tendrá lugar cuando se cometan actos que hagan indigno al asociado de seguir perteneciendo a la Asociación. El plazo de prescripción de las infracciones y sanciones será de 3 años.

Capítulo III
El Órgano de Gobierno
Artículo 11º
La Asamblea General

La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación, integrado por todas las personas asociadas en igualdad absoluta, que adopta sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna.

Artículo 12º
Reuniones de la Asamblea

La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria como mínimo una vez al año, en el segundo trimestre. Se reunirá con carácter extraordinario a requerimiento de un número de asociados que represente como mínimo el 10% de la totalidad.

Artículo 13º
Convocatoria de las asambleas

Las convocatorias se harán por escrito con quince días de antelación como mínimo, expresando el día, la hora, el lugar y el orden del día.

Artículo 14º
Competencias y validez de los acuerdos

La Asamblea quedará constituida válidamente en primera convocatoria con la asistencia de un mínimo de un tercio de las personas asociadas. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple. Requerirán mayoría cualificada los acuerdos de disolución, modificación de Estatutos, disposición de bienes y remuneración de miembros del órgano de representación.

Capítulo IV
El Órgano de Representación
Artículo 15º
Composición

La Asociación la regirá y representará la Junta Directiva, formada por el/la Presidente/a, Secretario/a, Tesorero/a y 7 vocales. El ejercicio de los cargos será gratuito.

Artículo 16º
Duración del mandato

Los miembros del órgano de representación ejercerán el cargo durante 5 años y podrán ser reelegidos indefinidamente.

Artículo 17º
Competencias

El órgano de representación posee las facultades de: ostentar la representación de la Asociación, resolver sobre admisión de nuevos asociados, proponer cuotas a la Asamblea, convocar Asambleas Generales, presentar el balance y estado de cuentas, llevar la contabilidad y elaborar la memoria anual de actividades.

Artículo 18º
Reuniones

El órgano de representación se reunirá en sesión ordinaria con una periodicidad no superior a dos meses. Quedará válidamente constituido con un quórum de la mitad más uno de sus miembros.

Artículo 19º
El/la Presidente/a

El/la Presidente/a ostenta la dirección y representación legal de la Asociación, preside los debates de los órganos de gobierno y firma las convocatorias.

Artículo 20º
El/la Tesorero/a

El/la Tesorero/a tiene a su cargo la custodia y control de los recursos de la Asociación, la elaboración del presupuesto, el balance y la liquidación de cuentas.

Artículo 21º
El/la Secretario/a

El/la Secretario/a custodia la documentación de la Asociación, redacta y firma las actas de las reuniones y mantiene actualizada la relación de los asociados.

Capítulo V
El Régimen Económico
Artículo 22º
Patrimonio inicial y recursos económicos

El patrimonio inicial de la Asociación está valorado en cero euros. Los recursos económicos se nutrirán de las cuotas fijadas por la Asamblea General, subvenciones oficiales o particulares, donaciones, herencias o legados, y rentas del propio patrimonio.

Artículo 23º
Beneficio de las actividades

Los beneficios obtenidos se destinarán exclusivamente al cumplimiento de los fines de la Asociación, sin que quepa en ningún caso su reparto entre los asociados.

Artículo 24º
Cuotas

Todos los miembros tienen obligación de sostener económicamente la Asociación mediante cuotas determinadas por la Asamblea General. El ejercicio económico quedará cerrado a 1 de abril.

Artículo 25º
Disposición de fondos

Para disponer de fondos serán suficientes dos firmas, siendo una de ellas necesariamente la del Tesorero/a o la del Presidente/a.

Capítulo VI
Disolución de la Asociación
Artículo 26º
Causas de Disolución

La Asociación se disolverá si así lo acuerda la Asamblea General, por las causas determinadas en el artículo 39 del Código Civil, por sentencia judicial firme, o por baja de las personas asociadas quedando reducidas a menos de tres.

Artículo 27º
Liquidación

El remanente neto que resulte de la liquidación se destinará directamente a la asociación de comercio de la zona centro de Nules.

Capítulo VII
Resolución Extrajudicial de Conflictos
Artículo 28º
Resolución extrajudicial de conflictos

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en el seno de la asociación se resolverán mediante arbitraje, conforme a la Ley 60/2003, o voluntariamente por mediación, conforme a la Ley 5/2012.

D/Dª ROSANA LUCAS ROS, en calidad de Secretaria de la Asociación Empresarial de Nules, certifica que los presentes estatutos han quedado redactados de conformidad con las modificaciones acordadas en la Asamblea General celebrada el 21 de enero de 2025.

Secretaria
Rosana Lucas Ros
Presidenta (Vº Bº)
María Lucas Ros
En Nules, a 21 de enero de 2025